Universidad Contruye País

Incorporación y Mantención en la Red

La Red UCP se entiende como una agrupación abierta a recibir a todas las Universidades que lo deseen. Como requisito para incorporarse a la Red UCP y mantenerse en ella, las universidades deben adherir conscientemente al concepto de responsabilidad social universitaria, a los valores, a los objetivos y a la forma de operacionalizar la RSU declarados en las bases fundacionales de la Red. Esto implica no solamente realizar una declaración de deseos, sino asumir un compromiso institucional de orientar su labor hacia la consecución de los objetivos de la Red. Asimismo, las universidades deben cumplir con las condiciones administrativas que formalizan su incorporación y mantención comprometiéndose a:

  • Formalizar la incorporación a la Red mediante la firma de un contrato con la Secretaría Técnica de la Red.
  • Entregar un aporte económico para mantención de la Red a comienzos de cada año, equivalente a un tercio del arancel anual más alto de la universidad.
  • Constituir el Consejo Técnico, integrado por representantes de los Rectores de las universidades integrantes de la Red.
  • Designar de entre sus miembros un Comité Ejecutivo con atribuciones para la toma de decisiones.
  • Participar y eventualmente dirigir Núcleos Temáticos destinados a profundizar y difundir temas relacionados con la responsabilidad social universitaria.
  • Participar en la elaboración de un plan estratégico anual de la Red que incluya productos y actividades y establecer compromisos propios en él.
  • Ejecutar las actividades de acuerdo al plan comprometido.
  • Participar en las actividades comunes y de coordinación que convoque la Secretaría Técnica.

El procedimiento para incorporarse a la Red UCP debe seguir los siguientes pasos:

a)    Reunión inicial: reunirse un representante de la Universidad interesada con la Secretaría Técnica, a fin de explicitar los compromisos y beneficio de la pertenencia a la Red y acordar los procedimientos a seguir para confirmar el interés de la universidad en cuanto tal de incorporarse a la Red UCP.

b)    Consulta a miembros activos: una vez confirmado el interés, se comunica al resto de los miembros la intención de la Universidad solicitante. Los actuales miembros de la Red tienen un plazo de 5 días para informar a la Secretaría Técnica acerca de alguna objeción a la solicitud. Dicha objeción debe ser fundada.

c)    Toma de decisión: de haber objeción, el Comité Ejecutivo deberá reunirse, en un plazo no superior a 15 días, para tomar una decisión acerca de la solicitud de pertenencia. Será labor de la Secretaría Técnica recabar antecedentes acerca de la objeción y sus fundamentos.

d)    Comunicación de la decisión: una vez tomada la decisión, o si no ha habido objeción, la Secretaría Técnica comunicará a la Universidad la correspondiente información. En caso de ser negativa, se le informará acerca de la objeción y el procedimiento seguido para su resolución. En caso de ser positiva, se le enviará, junto a la notificación, copia de los documentos a suscribir por parte de la Universidad.

e)    Formalización de la incorporación: una vez suscritos los documentos y enterada la cuota se considerará a la Universidad como miembro pleno de la Red se agenda una reunión del  Comité Ejecutivo con el Rector y/o autoridades de la Universidad para celebrar la incorporación y conversar sobre la incorporación de la universidad a la Red.